El 10 de diciembre, el Senado de la República aprobó un dictamen para expedir la esperada Ley General de Economía Circular, la cual define lineamientos de carácter nacional destinados a reducir la generación de residuos, aumentar el aprovechamiento de materiales y extender la vida útil de los productos.
El decreto plantea políticas públicas coordinadas entre el gobierno, el sector productivo y la ciudadanía, y contempla reformas a la Ley General del Equilibrio Ecológico y a la Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos.
También define las atribuciones de la Federación, estados y municipios y crea el Sistema Nacional de Economía Circular, que tiene como objetivo la coordinación entre los tres órdenes de gobierno para el cumplimiento de la Ley.
Aspectos destacables:
Implementación progresiva
La Ley señala que su implementación será progresiva y se ajustará a las capacidad y diferencias de cada sector y tipo de empresa, principalmente las pequeñas empresas.
Responsabilidad Extendida del Productor:
La reforma aprobada establece la Responsabilidad Extendida del Productor (REP), que compromete al fabricante o importador a responder por el daño ambiental que su mercancía genere en todo su ciclo de vida. Se establece que esa responsabilidad puede gestionarse por cada productor o de manera colectiva a través de un organismo coordinador por cada sector.
De acuerdo con la Ley, cada productor, importador o su organismo coordinador deberá elaborar y registrar un Plan Maestro de Cumplimiento ante la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat), una vez que su sector sea regulado.
Los plásticos, un sector prioritario
La Ley identifica a los plásticos entre los sectores productivos y categorías de productos del Programa 2026-2030, con la obligación de registrar una Gestión Circular y aceptar mecanismos de acuerdo con la REP que establece el Plan Nacional de Economía Circular.
Los productos plásticos deberán contar con una gestión circular a través de: su plan de manejo, análisis de ciclo de vida, ecodiseño, trazabilidad, aspectos sociales durante su ciclo de vida, modelos de gestión con perspectiva de reciclaje inclusivo, e indicadores de economía circular como: índice de materiales (PCR), huella de carbono, huella hídrica e índice de aprovechamiento energético.
Principales disposiciones:
– La Ley contempla la creación de instrumentos económicos que incentiven el reciclaje, la reutilización y la reparación de productos. La Ley establece un orden jerárquico para la gestión de materiales: primero reutilizar y reparar, después reciclar y, en última instancia, disponer en rellenos sanitarios.
– Se establece que las empresas estarán obligadas a diseñar y fabricar productos que puedan ser reparados, garantizando la disponibilidad de refacciones, herramientas y servicios técnicos para evitar la sustitución prematura de artículos.
– En materia de infraestructura, los rellenos sanitarios autorizados tendrán un plazo de cinco años, con posibilidad de prórroga, para iniciar procesos de reconversión que reduzcan la disposición final de residuos y faciliten su integración en cadenas de aprovechamiento.
– La Ley impulsa la creación de centros de acopio y el desarrollo de innovación tecnológica en reciclaje y prevé incentivos fiscales para procesos productivos basados en el modelo de economía circular y para la recolección de plásticos en zonas costeras y espacios públicos.
– Se incorpora el concepto de reciclaje inclusivo, que reconoce y visibiliza la aportación social, económica y ambiental de las personas recicladoras de base o pepenadoras, además de promover modelos que las incluyan en la economía circular.
– Se establecen mecanismos para que los consumidores cuenten con información clara al momento de comprar productos. Las etiquetas deberán indicar vida útil estimada, nivel de reparabilidad y huella ambiental, fomentando compras responsables y prácticas de reparación y reutilización.
Vigencia:
Se tendrán 180 días a partir de la entrada en vigor de la Ley para la emisión del Reglamento y otros 180 días para la emisión del Plan Nacional de Economía Circular.
La perspectiva de la industria:
La ANIPAC reconoce la aprobación de la Ley General de Economía Circular como un paso decisivo —aunque retador— para transitar hacia un modelo de producción y consumo más eficiente y sostenible en México. Si bien es una ley perfectible, representa una oportunidad histórica para fortalecer la colaboración entre industria, gobierno, academia y sociedad, con criterios técnicos y una implementación ordenada.
Desde la industria del plástico se celebra la existencia de un marco normativo moderno que impulse la circularidad y la protección ambiental, y se valora el consenso legislativo alcanzado, reflejo de que la economía circular es una responsabilidad compartida.
ANIPAC refrenda su total disposición para colaborar con las autoridades en la implementación de la ley, aportando experiencia técnica y modelos probados. Ejemplo de ello es el Acuerdo Nacional para la Nueva Economía del Plástico (ANNEP), que ya muestra avances concretos: eliminación del 100 % de microplásticos añadidos intencionalmente, 63 % de acopio de PET, 34% en otros plásticos y 76 % de empresas incorporando material reciclado.
La asociación subraya que México requiere políticas públicas con equilibrio técnico, gradualidad, incentivos y claridad regulatoria para impulsar innovación y fortalecer cadenas de valor. Con trabajo coordinado y corresponsabilidad, ANIPAC considera que el país puede posicionarse a la vanguardia de la circularidad en América Latina.
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