Search
Close this search box.

ABC del impuesto nacional de productos plásticos de un solo uso

      • Documento para facilitar el entendimiento de los artículos 50 al 53 de la Ley 2232 de Plásticos de un solo uso del 2022, referentes a plásticos utilizados para envasar, embalar y empacar bienes.

     

    El hecho generador del impuesto

    Es la venta, el retiro para consumo propio o la importación para consumo propio, de los
    productos plásticos de un solo uso utilizados para envasar, embalar o empacar bienes.

    El hecho generador del Impuesto se puede verificar en tres (3) oportunidades:

    • La venta de productos plásticos de un solo uso utilizados para envasar, embalar o empacar bienes.
    • El retiro para consumo propio de productos plásticos de un solo uso utilizados para envasar, embalar o empacar bienes.
    • La importación para consumo propio de productos plásticos de un solo uso utilizados para envasar, embalar o empacar bienes.

     

    Por lo tanto, cuando se vendan bienes distintos a «productos plásticos de un solo uso utilizados para envasar, embalar o empacar bienes», no se genera el impuesto en cuestión.

    Consulte la Ley 2232 de 2022 AQUÍ.

    También te podría interesar