Contexto: La finalidad es estimular al consumidor y promover una cultura ciudadana, para proteger el medio ambiente, la salud humana y modificar los patrones de consumo hacia la sostenibilidad, mediante la utilización de bolsas de colores en función de los tipos de residuos de que trata esta resolución.
Ámbito de aplicación: la presente resolución aplica isn perjuicio de los mecanismos e instrumentos que hayan implementado los municipios y distritos en sus PGIRS para el almacenamiento y presentación de los residuos en el marco del servicio público domiciliario de aseo, conforme a lo que establezca el Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio.
Alcance (Art 2): Todos los distribuidores deberán dar cumplimiento a las siguientes metas:
4. A partir del 1 de enero de 2020:
a. Distribuir en puntos de pago bolsas de colores o con distintivos de colores verde, azul y gris que incluyan, además de las especificaciones del numeral 1 del presente artículo, las siguientes leyendas de acuerdo con el tipo de color así:
Bolsas de color verde: Deposite aquí los residuos orgánicos aprovechables.
Bolsas de color azul: Deposite aquí los residuos aprovechables como plástico, vidrio, metales y multicapa.
Bolsas de color gris: Deposite aquí los residuos aprovechables de papel y cartón.
b. A 31 de diciembre de 2020, distribuir mínimo 5% de bolsas de colores con respecto al número total de bolsas distribuidas en el año anterior.
c. En los años siguientes, se deberá garantizar incrementos en la distribución de bolsas de colores mínimo del 2% sobre el total de bolsas distribuidas en los puntos de pago en el año inmediatamente anterior, hasta alcanzar mínimo el 31%.
Todos los distribuidores deberán reportar la meta a que se refiere el presente numeral ya sea en los informes de avance ade los programas de uso racional de bolsas plásticas o en los reportes anuales presentados a la autoridad ambiental de que trata el artículo 11 de la presente resolución.
Conozca la resolución completa en este enlace.