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Resolución 1770 de 2018. Limites de fósforo y biodegradabilidad de los tensoactivos presentes en detergentes y jabones.

Objeto: Modificar el artículo 6 de la Resolución 689 de 2016, el cual quedará así:

Requisitos de biodegradabilidad. Los productos objeto del presente reglamento técnico deberán contener agentes tensoactivos que cumplan con el porcentaje mínimo de biodegradabilidad aerobia final, conforme a los métodos 301 y 310 de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico o sus equivalentes en la Unión Europea o e las normas ISO o en las normas de la Agencia de Protección Ambiental de los Estados Unidos.

En consideración a su biodegradabilidad intrínseca, se exceptúan del cumplimiento de este requisito los jabones que únicamente contengan tensoactivos provenientes de fuentes naturales mediante procesos de saponificación o neutralización de grasas, aceites, ceras, colofonias, o sus ácidos con bases orgánicas o inorgánicas y los productos de uso cosmético.

De igual forma la norma establece el procedimiento de evaluación de la conformidad de los productos objeto del reglamento técnico y la periodicidad de la revisión y actualización del reglamento.

Conozca la resolución completa en este enlace.

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